El Tribunal Supremo Electoral (TSE) activó seis disposiciones para el
tránsito vehicular para la jornada electoral del 7 de marzo. La disposición
delinea las atribuciones, restricciones y prohibiciones en el ámbito del
transporte lacustre, ferroviario y aéreo en todo el país.
1. El TSE extenderá las
autorizaciones de circulación vehicular a las autoridades de los órganos
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Fuerzas Armadas (FFAA), Policía Boliviana,
misiones diplomáticas, organismos internacionales, misiones internacionales de
observación electoral, organizaciones políticas de alcance nacional y medios de
comunicación internacional.
2. Los
Tribunales Electorales Departamentales (TED) extenderán las autorizaciones de
circulación vehicular a autoridades departamentales y municipales, unidades
militares y policiales departamentales, centros de atención médica y servicios
de emergencia, medios de comunicación local, organizaciones políticas que
participen en las elecciones del 7 de marzo y ciudadanía que, excepcionalmente,
requiera movilización.
3. Los conductores que incumplan
la restricción vehicular serán detenidos por la Policía hasta las 00:00 del 7
de marzo. El vehículo será retenido y conducido a Tránsito y será devuelto
cuando el conductor haya depositado la respectiva multa.
* La sanción económica oscila entre el 5% y 20% de un
salario mínimo, en caso de personas particulares o electores; en tanto, la
multa será de entre el 41% y el 60% si es que la infracción es cometida por
servidores públicos.
4. Para el día de las
elecciones, se suspende el servicio de las líneas del Teleférico, de
transporte terrestre, lacustre, ferroviario y aéreo de todo el país, con las
excepciones ya establecidas.
5. Desde las 00:00
hasta las 24:00 de la jornada electoral, se prohíben los vuelos nacionales y viajes
interdepartamentales e interprovinciales, con exclusión de los viajes que
realicen los servidores del Órgano Electoral o de las fuerzas de seguridad, en
cumplimiento de sus funciones.
6. Quedan exentos de la
prohibición anterior los vuelos internacionales en tránsito o los vuelos
internacionales que se originen o arriben a Bolivia. Para el traslado de
pasajeros, personal operativo y otros, las líneas aéreas, agencias de viajes o
los interesados deberán tomar previsiones y en su caso tramitar el permiso de
circulación vehicular ante los respectivos TED, con la debida anticipación.
No hay comentarios.: