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julio 04, 2022

Diputados sanciona proyecto de ley que aumenta a 20 años la pena para jueces y fiscales prevaricadores

La Cámara de Diputados sancionó el jueves el proyecto de Ley 179, que aumenta la pena de 10 a 20 años de privación de libertad para jueces y fiscales prevaricadores que favorezcan a feminicidas, infanticidas o violadores de infantes, niñas, niños y adolescentes. La norma fue remitida al Órgano Ejecutivo para su respectiva promulgación.

La presidenta de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado, Lidia Tupa (MAS) afirmó que esta es una medida a corto plazo para avanzar en la reforma de la justicia que demanda la población.

“Se aprobó el proyecto de Ley 179, que tiene por finalidad modificar tres normas importantes, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y la Ley de Ejecución Penal. Esta (propuesta de) ley garantiza que ninguna persona que haya cometido estos delitos (feminicidio, infanticidio, violación a menores) sea beneficiada”, explicó la legisladora.

Argumentó que se trata de una medida importante que permitirá devolver la confianza de las víctimas en el sistema judicial. Además, instó a la ciudadanía a denunciar a aquellos administradores u operadores de justicia que incurran en el delito de prevaricato, o formen parte de consorcios que busquen beneficios económicos de manera irregular.

“Estamos a la espera de que sea promulgada por el Órgano Ejecutivo, y que a partir de ese momento ningún autor de estos delitos sea beneficiado. Para nosotros, los niños, las niñas, las mujeres de nuestro país, son sectores vulnerables que, como autoridades y Gobierno, tenemos que proteger”, remarcó Tupa.

Las modificaciones

El presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, detalló que, el proyecto de Ley 179 modifica el artículo 173 del Código Penal, correspondiente al delito de prevaricato, para que, aquellos jueces o fiscales que hayan beneficiado de manera irregular a feminicidas, infanticidas, violadores de infantes, niños, niñas o adolescentes reciban una pena de 20 años de cárcel. A la fecha, la sanción era de cinco a 10 años.

“También se ha modificado el artículo 174 que tiene que ver con los consorcios. Hasta ahora la sanción solo alcanzaba a jueces, fiscales y abogados, pero con el proyecto de ley, se ha incorporado a magistrados, vocales, conciliadores, policías, peritos, médicos y trabajadores sociales”, apuntó.

En cuanto a las reformas al Código de Procedimiento Penal, explicó que se modificará el artículo 231 para que los imputados por feminicidio, infanticidio y violación, no puedan gozar de otras medidas cautelares que no sea la detención preventiva.

También proyecta cambios en el artículo 239 para que las personas privadas de libertad que hayan incurrido en los delitos mencionados y padezcan de alguna enfermedad grave o se encuentren en estado terminal, puedan solicitar la cesación de las medidas cautelares mostrando únicamente un certificado médico emitido por el Instituto de Investigación Forense (IDIF), añadió la autoridad legislativa.

Finalmente, sobre las modificaciones al Código de Ejecución Penal y Supervisión, mencionó que, el principal cambio establecido es en el artículo 174 referido a la Libertad Condicional, que no procederá para personas que hayan cometido los delitos mencionados.

“Estamos cumpliendo con recomendaciones de organismos internacionales, por eso es que ayer (jueves) se ha aprobado las incorporaciones del Senado. Ahora diríamos, misión cumplida. Por su puesto que no vamos a resolver todos los problemas, pero vamos a coadyuvar bastante en la reducción de estos delitos”, subrayó Mamani.

“Nuestros hermanos diputados y diputadas han aprobado por más de dos tercios este proyecto de ley. Ahora tiene que ser promulgado por el Presidente del Estado, en función a eso, nuestras autoridades deben accionar sobre esta normativa”, mencionó.


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