No es posible enjuiciar a la misma persona por los mismos hechos más de
una vez y ante jueces diferentes. Ese es un principio jurídico-penal básico,
como parte del “debido proceso”, expresamente establecido en el Art. 117,
párrafo II de la Constitución. Y esto, precisamente, es lo que el MAS está
haciendo con la expresidenta Áñez, cuando, por un lado, la denuncia ante los
fiscales y la justicia ordinaria por la comisión de los delitos de “sedición,
conspiración y terrorismo” y, seguidamente, el Ministro de Justicia promueve
juicios de responsabilidad ante el Fiscal General y el Tribunal Supremo de
Justicia (TSJ) por presuntos delitos cometidos por la señora Áñez como
presidenta del “gobierno de facto” resultante de esas supuestas sedición y
conspiración.
La negación del fraude, de la sublevación ciudadana, de la renuncia, de
la fuga y de la sucesión constitucional, dejó de ser un discurso de
“legitimación” masista, para convertirse en una línea de acción gubernamental
peligrosamente represiva y antidemocrática.
Pero es, además, judicial y procesalmente insostenible como lo está mostrando
esta especie de “esquizofrenia judicial” que inventa hechos y confunde la
fantasía con la realidad, para actuar autoritariamente a partir de las
falsificaciones.
Si la señora Áñez incurrió en sedición, conspiración y terrorismo
“alzándose públicamente…”, para “subvertir el orden constitucional o deponer al
Gobierno elegido constitucionalmente” (Arts. 123 y 133 del Código Penal), todo
ese su accionar habría culminado con el “golpe de Estado” y la instalación del
“gobierno de facto” donde la expresidenta habría cometido otros ilícitos,
también ahora denunciados. Si esto fuera cierto estaríamos ante un
comportamiento de la señora Añez manifestado en varios momentos sucesivos, con
varias acciones delictivas. Si ello fuera cierto, no se pueden separar esos actos
y esos distintos momentos para enjuiciarlos y procesarlos separadamente, porque
se violaría el principio constitucional del debido proceso y de enjuiciamiento
único.
Como dije en días anteriores, en el juicio de responsabilidades a la
dictadura de García Meza, nunca separamos ni fragmentamos los hechos delictivos
previos al golpe –la sedición, la conspiración y el terrorismo (que
efectivamente existieron)– de los hechos delictivos posteriores cometidos por
los personeros de ese gobierno de facto. Peor, no podíamos enjuiciar a esos
sediciosos y terroristas ante los jueces ordinarios y, paralelamente, enjuiciar
a ellos mismos ante la Corte Suprema como exgobernantes de facto. Por eso el
juicio a la dictadura, en su sentencia final, condenó a sus principales
responsables también por el delito de sedición previo al golpe y al gobierno de
facto. Pero también por eso, y esté dato es esencial, la Corte Suprema, una vez
abierta su competencia, ordenó la acumulación de todos los procesos que se
habían iniciado antes, ante la justicia ordinaria y la Contraloría.
Efectivamente, reconquistada la democracia, en 1983 se iniciaron juicios
penales contra los exdictadores por los asesinatos, al tiempo que la
Contraloría inició auditorías por los daños económicos al Estado. Iniciado el
plenario de la causa en 1986, uno de los primeros actos procesales de la Corte
Suprema fue, precisamente, la acumulación de todos los obrados tanto los de la
justicia ordinaria, como los de la Contraloría, para encarar el enjuiciamiento
único que correspondía, aplicando otro principio procesal básico: la
jurisdicción mayor arrastra a la menor.
Y es eso lo que, seguramente, se producirá si es que se abre la
competencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para procesar en juicio de
responsabilidades a la expresidenta Áñez, con las proposiciones acusatorias
anunciadas por el ministro Lima ante el Fiscal General, juicio que, de acuerdo
a la Constitución y la Ley 044, tiene que ser autorizado por la Asamblea
Legislativa por dos tercios de votos. ¿Para qué entonces la esquizofrenia
judicial, las denuncias penales ordinarias, los fiscales, las aprehensiones y
detenciones preventivas ilegales?
Todo deberá acumularse y tramitarse ante el TSJ. Y debería ocurrir
pronto porque, sí, deben investigarse todos los hechos denunciados,
especialmente los que cobraron la vida de bolivianos en Sacaba y Senkata,
porque tiene que establecerse la verdad de lo ocurrido para que sobre esa
verdad se apliquen las sanciones a los responsables. No debe haber impunidad, ni
ahora ni en los 14 años transcurridos, ni tampoco antes, en el pasado más
lejano, porque la impunidad delictiva de los exgobernantes es una herida sin
cicatriz que daña enormemente a la democracia.
Para eso están los jueces, para establecer verdad e impartir justicia. Y
no como ahora donde jueces y fiscales son instrumentos de persecución política
y de venganza.
El autor es político y abogado.
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