El presidente de Perú solo será proclamado cuando se resuelvan impugnaciones - Periódico El Gran Chaco - Noticias de Yacuiba, Gran Chaco, Tarija, Bolivia y el Mundo.

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junio 16, 2021

El presidente de Perú solo será proclamado cuando se resuelvan impugnaciones

 


EFE

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) de Perú ratificó que solo proclamará los resultados de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales celebradas el pasado 6 de junio cuando haya resuelto todas las actas observadas y los pedidos de nulidad presentados tras el proceso.

Ayer, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) informó que el candidato izquierdista Pedro Castillo se impuso con el 50,125% de los votos a la derechista Keiko Fujimori, que obtuvo el 49,875%, al concluir el 100% de actas contabilizadas de la segunda vuelta presidencial.

Con la totalidad de actas de votación contabilizadas, Castillo obtuvo 8.835.579 de votos, 44.058 más que Fujimori, que recibió el respaldo de 8.791.521 electores.

A pesar de la finalización del cómputo, aún no se puede proclamar al ganador, debido a que el partido fujimorista Fuerza Popular ha pedido la anulación de cientos de actas de votación por presuntas irregularidades que considera parte de un "fraude en mesa".

Esos pedidos están siendo revisados por las oficinas descentralizadas del JNE, que hasta el momento han desestimado la mayoría por haber sido presentados fuera de plazo o carecer de un sustento de fondo.

De momento, ni uno solo de los pedidos hechos por Fujimori ha sido aceptado por defectos de forma o por carecer de fundamentación.

El pleno del máximo tribunal electoral remarcó que desde el pasado lunes celebra audiencias y sesiones públicas en las que escucha los alegatos de las partes, y luego transmite en vivo sus sesiones de deliberación y vota sobre los recursos "a fin de brindar la máxima transparencia sobre sus decisiones ante la ciudadanía".

Las resoluciones sobre las apelaciones son remitidas a los Jurados Electorales Especiales (JEE) de cada jurisdicción para que estos, a su vez, los envíen a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) correspondientes para que, de ser el caso, los ingresen al cómputo de resultados.

Posteriormente, cuando los JEE no tengan ningún recurso pendiente por resolver, procederán a proclamar los resultados en el ámbito de su competencia.

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