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marzo 23, 2021

La justicia al servicio del poder

 


WILLIAM HERRERA ÁÑEZ

   

La detención de la expresidenta Jeanine Áñez Chávez, constituye una típica venganza política, que puede convertirse en un boomerang contra el oficialismo. Los abusos comenzaron cuando fue detenida, sin ser notificada para que comparezca ante la autoridad y se ha violado su domicilio (espacio sagrado porque nadie puede ingresar en horas de la noche, salvo que se trate de un delito flagrante), para ejecutar una orden fiscal, mellando su dignidad como exmandataria, madre y mujer.

El gobierno del Movimiento al Socialismo ha resucitado, en efecto, el modelo penal inquisitivo donde primero se detenía y después se investigaba; y el imputado era un objeto probatorio (no sujeto con derechos y obligaciones), se presumía la culpabilidad, y la confesión era la “reina” de las pruebas. Este modelo se caracterizaba (y se caracteriza porque no ha muerto, pese a la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999) por ser, fundamentalmente, violento, inhumano y contrario a las garantías básicas consagradas en la Constitución y los convenios y pactos internacionales.

El proceso penal no puede llevarse a cabo echando por la borda los valores constitucionales, ni la verdad material puede obtenerse a cualquier precio. La Constitución boliviana prohíbe “toda forma de tortura, desaparición, confinamiento, coacción, exacción o cualquier forma de violencia física o moral”; además, “las declaraciones, acciones u omisiones obtenidas o realizadas mediante el empleo de torturas, coacción, exacción o cualquier forma de violencia, son nulas de pleno derecho”.

Por ello, se dice que el derecho procesal penal es el sismógrafo de la Constitución. Por cierto, en un Estado autoritario habrá un proceso penal autoritario, mientras que en un Estado constitucional de derecho, habrá un proceso penal democrático (en donde se podrán hacer prevalecer las garantías procesales). Aquí se consagró la clásica división de poderes y, como consecuencia de esta teoría (en lo formal), se consagró la independencia de los jueces.

El proceso penal busca garantizar los derechos fundamentales y terminar no sólo con la ley de la selva y la justicia por mano propia, sino también es un método científico para la resolución pacífica de los conflictos jurídicos. Sin embargo, dado que el derecho penal tutela valores, imprescindibles para la convivencia pacífica (y la libertad es uno de ellos), la Constitución pone límites a la actuación del Estado y el poder no debe ir un ápice más allá de donde le permite la norma que lo crea.

A través del proceso se tiene que hacer realidad el mandato constitucional (arts. 115-120 y 180.I), en el sentido de que “toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, y el Estado tiene que garantizar el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones”. En estos términos, la Constitución proclama el debido proceso que exige, entre otras garantías, que toda persona sea oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial.

El Tribunal Constitucional ha pregonado que el debido proceso es el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar. El debido proceso comprende la potestad de ser escuchado presentando las pruebas que estimen convenientes en su descargo (derecho a la defensa) y la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto, emanado del Estado, que pueda afectar sus derechos.

El Órgano Judicial está para combatir los abusos del poder político o de los particulares; sin embargo, hay casos donde se hace y se ha hecho exactamente lo contrario: la justicia ha sido el instrumento para abusar del poder. En los últimos tiempos vemos, por ejemplo, que se inventan procesos penales para vulnerar los derechos fundamentales de los opositores políticos, y esto constituye una amenaza para el Estado constitucional de derecho y para el sistema democrático que reconoce el orden constitucional.

 

El autor es jurista y ha escrito de varios libros.

 

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