El asesor legal del Gobierno Regional, Boris Enriquez, en
conferencia de prensa afirmó que el alcalde municipal, Carlos Brú, no cumple
con las competencias que establece la Ley 602 de Gestión de Riesgos en cuanto a
la declaratoria de alerta y emergencia municipal.
Según la Ley 602, la emergencia municipal debe proceder
por la presencia de un fenómeno real o
inminente que sea de tal magnitud que el municipio pueda atender con su propia
capacidad económica y técnica el
territorio afectado.
“Hay una extrañeza de carácter institucional de que el
municipio no haya convocado al COEM para la emergencia teniendo dos normativas
específicas que les faculta cosa que
esto nos va a generar potenciar recursos humanos como logísticos”.
En ese sentido, argumentó que enviaron una nota que pide el
cumplimiento de las facultades que le otorga la Constitución Política del
Estado y la Ley 602 para atender la emergencia.
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