El proyecto de Ley sobre el Plan de Carrera de la Policía
Boliviana ya fue aprobado en la Comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas
de la Cámara de Diputados, la misma contempla al menos tres propuestas que
auguran soportarcer las sanciones a los policías.
El artículo 6 señala que la Comisión Superior del Talento
Humano Policial será la que fiscalice y controle los procesos de postulación,
evaluación de la carrera policial y calificación de los servidores públicos
policiales convocados a cursos de postgrado y exámenes de ascenso.
Esta comisión es responsable de conocer y resolver las
impugnaciones a las resoluciones emitidas por la Dirección Nacional del Talento
Humano referentes a los procesos de postulación, evaluación de la carrera
policial y calificación de los servidores públicos policiales.
En el último punto indica: "La comisión estará
conformada por una Inspectora o Inspector General de la Policía Boliviana,
Presidenta o Presidente del Tribunal Disciplinario Superior, Directora o
Directora Nacional del Talento Humano, Directora o Director Nacional de
Instrucción y Enseñanza y un Representante del Ministerio de Gobierno".
En el artículo 22 establece que la baja definitiva del
efectivo de la institución verde olivo se dará por una sanción disciplinaria,
si procede de una resolución administrativa ejecutoriada. También si tiene una
sentencia condenatoria ejecutoriada, emergente de un proceso penal.
"Por instigar, participar o liderar motines, huelgas,
suspensión o interrupción del servicio, como actos de protestas o medidas de
presión", señala el artículo. También indica que la baja definitiva no
exime al servidor público policial de otras responsabilidades civiles o penales
que pudieran corresponder.
El artículo 27 señala que se crea Sistema Informático
Nacional del Plan de Carrera de la Policía Boliviana, como herramienta digital
de administración, gestión, registro de información personal, calificación y
movilidad funcionaria del talento humano policial, en todo el territorio
nacional, su funcionamiento estará a cargo de la Dirección Nacional del Talento
Humano.
La información de registro personal en el sistema, tiene
carácter restringido. Su difusión deberá cumplir las formalidades legales y su
inobservancia dará lugar a proceso administrativo y/o penal, según corresponda.
"Toda información proporcionada por las y los
servidores públicos policiales, tendrá carácter de declaración jurada, a su
vez, la información registrada en el sistema, contará con todas las medidas de
seguridad y protección de datos", indica el documento.
El proyecto contempla 67 artículos, una disposición
adicional única, tres disposiciones transitorias, una disposición abrogatoria,
una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.
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