Defensa de periodista pide al juez desestimar el caso - Periódico El Gran Chaco - Noticias de Yacuiba, Gran Chaco, Tarija, Bolivia y el Mundo.

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septiembre 13, 2022

Defensa de periodista pide al juez desestimar el caso

En horas de la mañana de este lunes, se presentó  respuesta formal al requerimiento del Juez 1ro. de sentencia de Yacuiba Miguel Ángel Gallardo que dio curso a la solicitud  de medidas preparatorias para proceso penal contra el periodista Roberto Puma de parte del alcalde de Yacuiba Carlos Bru Cavero. 

El memorial que lleva la firma asesor del Sindicato de Trabajadores de la Prensa de Yacuiba Eduardo Ayllon Gumiel tuvo el acompañamiento de un gran número de periodistas, reporteros y miembros del gremio quienes recabaron detalles del contenido del mismo. 

Ayllon explicó que el requerimiento carece de legalidad por no estar a derecho pues la fuente informativa que desató la controversia está amparada en el secreto profesional que es inviolable  además de las garantías constitucionales vigentes en la materia como la libertad de expresión y difusión de los art. 14 - 21 - 106 - 107 y 130 de la Constitución Política del Estado y media docena de instrumentos normativos, principios y declaraciones internacionales sobre la materia que forman parte del bloque de constitucionalidad del 410. 

Desmintió categóricamente que la pretensión de la parte recurrente sea subsanar las denuncias sobre la calidad de los productos del desayuno escolar porque el memorial de solicitud de medidas preparatorias dice otra cosa, además invoca el 375 del procedimiento penal que está en el libro segundo del código donde se tiene los procedimientos especiales para delitos de acción privada, en cambio para delitos de acción  pública en materia penal que a lo mejor pudieran plantearse hipotéticamente para investigar y sancionar a la empresa proveedora (como lo anunció el burgomaestre en conferencia de prensa) requiere la intervención del ministerio público y la aplicación de procedimiento común, no especial. 

Explicó asimismo que la jurisprudencia contenida en la Sentencia 0020/2020 que erróneamente la presenta como si fuera a su favor la parte demandante no otorga la tutela en lo referente la pretendida revelación de fuente informativa en un caso similar del 2020, "el Tribunal Constitucional separa claramente las pretensiones de la parte accionante y si bien otorga tutela para el debido proceso, niega la misma para la pretensión de develar fuente Informativa, justamente porque está amparada en el secreto de imprenta"

Finalmente el jurista aclaró que Roberto Puma "... otorgó cobertura periodística cumpliendo una labor social y de comunicación amparado en la libertad de expresión y de prensa a terceros, el no generó la noticia, sólo la transmitió y es por eso justamente que no corresponde un proceso penal de acción privada porque eso significaría  indirectamente censurar la libertad de expresión  " al defender este caso estamos velando por el respeto a ese derecho constitucional de libre expresión, lo contrario sería censurar e impedir que la ciudadanía se manifieste libremente por cualquier medio como lo garantiza la constitución y las leyes".

Con papeles en mano el abogado de la prensa hecho por tierra los argumentos facticos y legales del memorial del alcalde  demostrando su inconsistencia jurídica y equivocada pretensión en la forma y el fondo.

Posteriormente el secretario general del sindicato Jhonatan Piritaguari y el representante de la departamental mostraron las adhesiones y documentos de apoyo que desde todo el país se recibió en las últimas horas...


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