El Gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS) se ha autoamnistiado de
los delitos que los militantes de ese partido han cometido no sólo entre el 21
de octubre de 2019 y el 17 de octubre de 2020, sino también todas las personas
que hayan “superado quince (15) años con proceso penal en curso sin que se haya
dictado sentencia condenatoria ejecutoriada”, (Art. 5.1.2). Los delitos
amnistiados, entonces, no sólo son los que se hayan cometido durante el
gobierno de Jeanine Áñez, sino que comprenden, además, a los delitos de todo el
gobierno de Evo Morales.
Aunque no hay antecedentes de estas figuras en “combo”, la amnistía
(viene de amnesia, de olvidar) era para los denominados delitos políticos y el
indulto (perdonar) para los delitos comunes. La ley impone, en efecto, que
olvidemos y perdonemos una buena cantidad de delitos al MAS (que seguirá
cometiendo) y tal vez volverá a autoamnistiarse las veces que sea necesario. La
medida beneficiará no solo a los funcionarios menores y por delitos menores,
sino también a los exgobernantes y por delitos de lesa humanidad como la
ejecución extrajudicial en el hotel Las Américas, caso Chaparina, la Calancha,
entre otros.
Sin embargo, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha prohibido
las autoamnistías e indultos y cualquier otra medida que evite el esclarecimiento
de la verdad y genere impunidad total y absoluta. A partir de la sentencia de
14 de marzo de 2001, dictada en el caso Barrios Altos vs. Perú, la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha consolidado una nutrida
jurisprudencia condenando este tipo de medidas porque van en contra de los
derechos humanos. Este caso se remonta al 3 de noviembre de 1991, cuando
elementos de las fuerzas de seguridad del Gobierno de Alberto Fujimori
eliminaron a 15 personas e hirieron de gravedad a otras. El congresista Javier
Diez Canseco presentó a la prensa una copia de un documento titulado Plan
ambulante, el cual describía un operativo de inteligencia llevado a cabo en
la escena del crimen. El proceso judicial no avanzó porque la jerarquía militar
se opuso a ser investigada, y el Congreso peruano sancionó la Ley Nº 26479, que
exoneraba de responsabilidad a los que hubieran cometido delitos, entre 1980 y
1995, y así evitar la responsabilidad penal de los responsables de la masacre.
La CIDH rechazó las amnistías, prescripción y cualquier medida
excluyente de responsabilidad que pretenda impedir la investigación y sanción
de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos, tales
como la tortura, las ejecuciones sumarias, extralegales o arbitrarias y las
desapariciones forzadas, todas ellas prohibidas por contravenir derechos
inderogables reconocidos por el derecho internacional de los derechos humanos.
Las leyes de amnistías peruanas impedían que los familiares de las
víctimas y sobrevivientes fueran oídas por un juez, conforme a lo señalado en
el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; violaron el
derecho a la protección judicial consagrado en su artículo 25; impidieron la
investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y sanción de los
responsables de los hechos ocurridos en Barrios Altos, incumpliendo el artículo
1.1 de la Convención, y obstruyeron el esclarecimiento de los hechos del caso.
Las referidas leyes conducían a la indefensión de las víctimas y a
buscar la perpetuación de la impunidad, por lo que eran manifiestamente
incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En
consecuencia, las mencionadas leyes carecen de efectos jurídicos y no pueden
seguir representando un obstáculo para la investigación, la identificación y el
castigo de los responsables.
Con el Caso Barrios Altos vs Perú, la Corte IDH ha dejado establecido
que las leyes de autoamnistía e indulto, expedidas con la finalidad de evitar
el esclarecimiento y, en su caso, la sanción penal de los responsables, no son
compatibles con el Sistema Interamericano y, por tanto, el control de
convencionalidad puede no sólo establecer responsabilidades del Estado
infractor sino también abrogar leyes que violen derechos humanos. Nada alimenta
tanto a la delincuencia como la impunidad.
El autor es jurista y ha escrito varios libros.
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