En
noviembre de 2013, Richard Choque Flores secuestró, violó y asesinó a Blanca
Limachi, de solo 20 años, por lo que en febrero de 2015 fue condenado a 30 años
de presidio sin derecho a indulto. Cuatro años después, en diciembre de 2019,
por Resolución 890, dictada por el juez suplente Rafael Alcón, Choque fue
beneficiado con una supuesta detención domiciliaria sin vigilancia alguna, lo
que le permitió seguir perpetrando crímenes atroces, como los que cometió el
año 2021 contra dos jovencitas que fueron secuestradas, asesinadas y enterradas
en el domicilio del psicópata. El propio Choque, ya detenido la pasada semana,
habría confesado que igual suerte bárbara corrieron en sus manos otras seis
mujeres jóvenes.
Las
autoridades judiciales, policiales y fiscales deben responder, mínimamente, a
estas interrogantes que se formula una sociedad estupefacta e inerme:
1. ¿Por
qué, existiendo sentencia condenatoria, no se cumplió la prohibición de
indulto, prevista en nuestra Constitución, que impide medidas sustitutivas como
la inaceptable “detención domiciliaria por 18 meses”, o cualquier redención
penitenciaria como manda la ley de Ejecución Penal N° 2298?
2.
¿Quiénes son los responsables de semejante violación de las normas
penitenciarías básicas? ¿El juez que dictó la resolución, el médico forense que
certificó las supuestas enfermedades terminales, el director de la
penitenciaría que suscribió la “buena conducta”, el fiscal que, notificado con
la petición del condenado, no pidió su rechazó?, ¿o todos ellos actuaron
concertadamente para beneficiar al reo?
3. ¿Cuál
es la responsabilidad del juez titular que, después de la vacación judicial,
podía revocar la decisión del suplente Alcón, o ponerla en revisión de la Sala
Penal respectiva? ¿Es que dicho juez titular no tenía acaso la obligación, al
menos, de vigilar el cumplimiento de la detención domiciliaria de parte del
asesino?
4. ¿Tiene
antecedentes penales el juez Alcón? ¿Por qué el Ministerio Público lo sobreseyó
después de que una sentencia constitucional del año 2013 habría dispuesto la
remisión de su caso a la fiscalía? ¿Por qué el Consejo de la Magistratura no lo
suspendió por ese mismo motivo?
5.
¿Quiénes protegieron al juez Alcón para que no sea enjuiciado ni suspendido,
pese a sus antecedentes desde 2013? ¿Qué rol jugó en esta impunidad Gonzalo
Alcón, su hermano, elegido por el MAS, desde 2018 consejero y presidente del
Consejo de la Magistratura, entidad que designa o suspende a los jueces?
Las
respuestas a estas interrogantes son imprescindibles para dimensionar el
descalabro judicial cotidiano que vivimos los bolivianos y, especialmente el
macabro destino de jovencitas indefensas en manos de psicópatas que, con jueces
como Alcón, tienen carta blanca para continuar su monstruosa carrera delictiva.
30 años
de presidio sin derecho a indulto, vale decir 3 décadas excluidos de la
sociedad, es la medida para proteger a la comunidad, que prevé nuestra
Constitución y nuestras leyes frente a estos casos. No soy partidario de
cadenas perpetuas, ni de penas capitales que no resuelven el drama de la
criminalidad atroz, pero tenemos que elevar al máximo el repudio frente a la
putrefacción judicial que vivimos, contra jueces que venden “detenciones
domiciliarias”, forenses que trafican con “enfermedades terminales”, o frente a
la carencia absoluta de idoneidad personal de la mayoría de los operadores de
justicia sumisos a la coima, cuando no al poder político.
El cuadro
real parece brutalmente simple: A partir del soborno, el psicópata encarcelado
y condenado, primero obtiene su traslado de Chonchocoro a San Pedro, y desde
allí tramita su detención domiciliaria, obteniendo para ello los certificados
médicos y de conducta penitenciaria para que, casualmente, en medio de la
vacación judicial de fin de año, un juez suplente de apellido Alcón, que no
conoce el caso —pero cuyo hermano es presidente del Consejo de la Magistratura—
cambie la condena penal por una detención domiciliaria sin vigilancia policial
alguna, lo que le permite volver a la calle para seguir segando vidas
indefensas.
¿Será
dolo o lenidad de todos? ¿Será el único caso donde se inventan detenciones
domiciliarias, se fabrican certificados médicos forenses e informes de buena
conducta? O ¿estamos más bien frente a consorcios judiciales mafiosos,
integrados por jueces, fiscales, abogados, médicos forenses y personal
penitenciario que han hecho un negocio repudiable del delito, del hacinamiento
carcelario, de los delincuentes y, sobre todo, de las víctimas?
Y la
pregunta final: ¿Podemos tolerar más esta podredumbre, sin impulsar una
profunda reforma judicial?
El autor es político y abogado.
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