Con mucha satisfacción informamos a las víctimas de violación, familiares de las víctimas de infanticidios y feminicidios que la Ley 179 que modifica el código penal, procesal Penal y Ley de Ejecución Penal, fue aprobada con más de 2/3 y remitido al órgano ejecutivo. El proyecto nació a raíz de la Comisión de Revisión de Casos de Violación y Feminicidio por instrucción del presidente Luis Arce, como respuesta oportuna para aquellos familiares que perdieron a sus hijas, madres y hermanas, indico la diputada Tupa.
La normativa tiene por objeto modificar tres Leyes; La Nº 1768 “Código Penal”, N°1970 “Código de Procedimiento Penal” y N°2298 “Ejecución Penal y Supervisión”. Agravando las sanciones penales contra aquellos jueces y fiscales que incurran en delitos de prevaricato en los casos de feminicidio, violación niña, niño y adolescente e infanticidio de 8 a 20 años de privación de libertad.
Asimismo, en el delito de consorcio, se prevé que no solo serán considerados las autoridades jurisdiccionales sino también, fiscales, abogados, servidores de apoyo judicial, conciliadores, policías, peritos, médicos, médicos forenses, trabajadores sociales y cualquier otro servidor público o profesional que forme parte del consorcio, para la libertad condicional se establecen presupuestos más estrictos en los casos de los que tengan sentencia condenatoria por delitos de feminicidio infanticidio y violación de infante niña, niño o adolescente.
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