Siete hechos cometidos por los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) fueron detallados por los abogados que promueven la recolección de firmas y el consecuente referéndum judicial para la reforma de ese Órgano del Estado, y que están obstaculizando directamente el proceso, denunciaron los juristas.
1. El primer obstáculo fue la demora en aprobación de la
iniciativa y las preguntas propuestas para referéndum popular. La iniciativa
ciudadana fue presentada el 28 de julio de 2022, pero recién el 28 de octubre
se notificó con la Resolución, es decir, 92 días después de recibida la
propuesta. Además de aprobar las preguntas para el referéndum, autorizó la
recolección de firmas otorgando un plazo de 90 días calendario computable a
partir de la entrega del formato de los libros.
2. El segundo hecho fue ese plazo de 90 días que incluía el
tiempo para impresión de libros de adhesión. Son 15.000 libros y cada uno debía
ser aprobado por el TSE. Los promotores solicitaron la modificación de plazos y
tras mucha insistencia se aceptó el pedido el 3 de noviembre de 2022.
3.- El tercer hecho es el requisito de notariación de libros
de adhesión. Ese requisito no era parte del reglamento antiguo y que estaba
vigente desde 2017. Cuatro días antes de emitir la resolución de aprobación de
las preguntas y la recolección de firmas, el TSE modificó ese reglamento e
impuso la intervención de un Notario de Fe Pública para levantar acta de
apertura y de cierre de cada libro de recolección de firmas, eso significaba un
gasto adicional de Bs 1 millón y nuevamente iniciaron el camino de la
impugnación, que concluyó recién el 21 de diciembre de 2022.
4.- El cuarto hecho fue el rechazo de solicitud de
aplicación de sistema biométrico. Los juristas solicitaron el 7 de febrero de
este año la autorización de usar el sistema biométrico, en la recolección y
verificación de firmas; pero los vocales rechazaron la petición pese a que ese
sistema se les permite a los partidos para registrar a sus militantes.
5.- El quinto punto es la obligatoriedad de transcripción de
partidas, esa transcripción de 15.000 libros significaría Bs 4,5 millones para
los promotores, porque se debe implementar centros de cómputo y contratar
personal especializado para realizar la tarea. Pidieron que solo deben
presentar un inventario de los libros con los datos esenciales (número de
libro, fecha de apertura, fecha de cierre, cantidad de partidas válidas y anuladas),
pero los vocales hasta el momento no responden a la observación de los
abogados.
6.- El sexto hecho se constituye en la falta de respuesta de
los vocales sobre el plazo de 90 días para el llenado de los libros, ya que esa
decisión no está prescrita en la Constitución Política del Estado y tampoco en
la Ley de Régimen Electoral.
7.- Finalmente, el séptimo hecho se refiere a las
declaraciones del presidente del máximo tribunal electoral del país, Óscar
Hassenteufel, quien públicamente desahució el proceso y los abogados aseguran
que ese tipo de afirmaciones provocan desaliento en la ciudanía que quiere
firmar los libros de adhesión.
El Deber
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