El Gobierno de Javier Milei restringió parcialmente este miércoles el derecho a huelga en Argentina al ampliar, mediante un decreto, la cantidad de servicios que deberán garantizar una prestación mínima incluso en medio de un conflicto laboral, una medida que generó polémica en el país suramericano.
En un decreto referido a la desregularización del transporte
marítimo y fluvial, el Ejecutivo incluyó un artículo en el que introdujo
también modificaciones en la Ley del Régimen Laboral.
Concretamente, el artículo amplió la cantidad de actividades
consideradas esenciales y creó una nueva categoría denominada "actividades
o servicios de importancia trascendental", para las que se impone un
mínimo del 75 % y 50 % de la prestación del servicio, respectivamente, incluso
en el marco de un conflicto laboral.
"El Gobierno Nacional, a través del Decreto 340/2025,
intenta suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate
ni análisis previo", expresó este martes la Central General del Trabajo
(CGT), la central obrera más importante de Argentina, en un comunicado oficial.
"La CGT no permanecerá en silencio frente a esta grave
avanzada de un Gobierno que pretende borrar, una vez más, los derechos que
tanto costó conquistar y defender", agregó la central.
A los servicios considerados esenciales hasta este miércoles
-sanitarios, hospitalarios, relativos a agua potable, a la energía eléctrica,
el gas y el control del tráfico aéreo- el decreto sumó todas las ramas del
transporte marítimo y fluvial, pero también los servicios aduaneros,
migratorios y la educación en todos sus niveles.
Estableció, a su vez, como "actividades o servicios de
importancia transcendental" la producción de medicamentos y/o insumos
hospitalarios, el transporte terrestre y subterráneo, la radio y televisión,
las actividades industriales, la industria alimenticia, la producción y
distribución de materiales de construcción, los servicios de reparación de
aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, los servicios
logísticos, la actividad minera, la actividad frigorífica, el correo, la distribución
y comercialización de alimentos y bebidas, la actividad agropecuaria, los
servicios bancarios, financieros, hoteleros y gastronómicos, el comercio
electrónico y la producción de bienes y/o servicios ligados a compromisos de
exportación.
En diálogo con EFE, el abogado laboralista Juan Manuel
Ottaviano recordó que la ampliación del espectro de actividades consideradas
esenciales estaba originalmente incluida en un extenso decreto de
desregularización general de la economía firmado por Milei poco después de su
asunción en diciembre de 2023 y destacó que, en su momento, "ya fue
declarado inaplicable por inconstitucional por la Cámara Nacional de
Apelaciones del Trabajo".
Ottaviano remarcó que la medida anunciada este miércoles
"es contraria a lo que dictan la Constitución y las leyes y convenios de
la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la medida en que no se
puede restringir, por decreto, sin adecuación a criterios internacionales, el
derecho a huelga".
Agencias
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