El escenario político comienza a recalentarse y en ese afán las propuestas descabelladas (PACTO FISCAL) van encontrando vivillos que quieren hacerse de bandera política para poder flamearla y finalmente visibilizarse/reinventarse/reeditarse. Tremendo festín, especialmente para fósiles dinosaurios de la desgastada política de siempre.
El tema de las
regalías departamentales y su redistribución a través de un pacto interno, es
una mazana por demás apetecible y jugosa (políticamente hablando) para
cualquier posible candidato a las siguientes justas nacionales y las
subnacionales por supuesto, no les importa saber que, al referirse a la
redistribución del 45% de las regalías del Chaco, se están metiendo conscientemente
en camisa de once varas o peor, cuesta arriba¡ diría alguien, pero igual andan
por ahí azuzando para generar conflicto a nivel departamental y de ese modo
hacerse de la bandera de la justicia, la equidad, las reivindicaciones
provinciales sobre la propuesta de redistribución de la torta de los ingresos
por regalías, olvidando que al frente tienen un tema que esta por demás
blindado y si no es a través de un pacto chaqueño aprobado por referéndum
chaqueño para modificar el estatuto de la autonomía chaqueña, el tema no va a
prosperar.
Pueden hacer los
líos que quieran desde la instancia que quieran, la redistribución del 45% de
las regalías del chaco a través de un pacto Departamental, no va. Existe una
maraña de normas preconstitucionales, constitucionales, departamentales y
regionales, que le dan al Chaco el derecho justo e histórico sobre el 45% de
las regalías. Solo para que sirva de referencia, la Ley Departamental 79 del 12
de abril de 2013, le asigna a la autonomía regional 33 de las 36 competencias
que tenemos a nivel departamental y lo más interesante es que la misma norma
reza que esas competencias serán financiadas con el 45% de las regalías de
acuerdo a normas vigentes, dice textualmente “NORMAS VIGENTES”. Como a buen
entendedor pocas palabras, la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, a
través de la Ley Departamental 79 del 12 de abril de 2013, ya legisló sobre su
competencia y en base a esa y otras normas es que se construyó y compatibilizo
con la Constitución Política del Estado, el estatuto de la Autonomía Regional, aprobado
por referéndum chaqueño y totalmente vigente para la Autonomía Chaqueña.
La Ley Marco de Autonomías (LMA) modificada a través de la Ley Nacional 1198 en él 2019, le da a la Región Autónoma del Gran Chaco una competencia adicional, la competencia sobre el tercer nivel de salud, pero además en base a la solvencia de la legalidad de los recursos que financian la Autonomía Regional, le otorgan la capacidad de endeudamiento, entonces, implícitamente, hay en efecto una maraña de normas que legalizan y legitimizan el 45% del Chaco. Entonces, el pacto fiscal está por demás. Hablen sobre el 55% Departamental.
Lic. Ivar Renán Cruz Gareca.
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