El Gobierno estableció la tolerancia de una hora diaria en la jornada laboral para los padres de familia -trabajadores y funcionarios públicos- que estén a cargo de un menor de hasta 12 meses de edad, en cuatro casos específicos. Mediante el Decreto Supremo 5175, publicado este jueves 19, se determinó esta nueva medida.
¿Cuáles son los cuatro casos en los que un padre de familia
puede tener tolerancia de una hora diaria en su jornada laboral?
a) Cuando la madre de la o el menor haya fallecido;
b) Cuando la madre de la o el menor sea declarada con
discapacidad grave o muy grave;
c) Cuando la madre de la o el menor tenga una condición o
estado crítico de salud;
d) La menor o el menor se encuentre a cargo únicamente del
padre bajo declaración judicial de tutela.
“Con la finalidad de garantizar el cuidado, preservar la
salud y el interés superior de la hija o hijo el presente Decreto Supremo tiene
por objeto establecer tolerancia de una (1) hora diaria durante la jornada
laboral al padre a cargo de un menor de hasta doce (12) meses de edad”, señala
el decreto.
La tolerancia de una hora en la jornada laboral podrá ser
utilizada de manera íntegra o fraccionada en dos tiempos iguales, a
requerimiento del padre.
¿Cuáles son los requisitos para recibir este beneficio?
"Los trabajadores o servidores públicos para acceder al
beneficio, presentarán ante su empleador o entidad pública de dependencia el
certificado de nacimiento de la o el menor a su cargo, además de uno de los
siguientes documentos:
a) Certificado de Defunción de la madre cuando ésta haya
fallecido;
b) Certificado o carnet de discapacidad de la madre o
informe médico, cuando corresponda;
c) Resolución judicial de tutela o sentencia judicial de
divorcio ejecutoriada, en el caso que corresponda."
El Deber
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