El Decreto Supremo 5002, promulgado este 16 de agosto, busca la defensa y protección de los derechos de usuarios y consumidores de productos y servicios para animales domésticos.
“(Está) pensado en las mascotas, para que tengan un trato
adecuado y en respeto a la vida, y (pensado en) el derecho de ustedes como
usuarios y consumidores”, señaló el ministro de Justicia y Transparencia
Institucional, Iván Lima.
De su lado, el viceministro de Defensa de los Derechos del
Usuario y Consumidor, Jorge Silva, destacó que el decreto fue diseñado en
colaboración de las asociaciones protectoras de los derechos de los animales.
El decreto establece disposiciones de protección cuya
aplicación deberá ser controlada por diversas instancias del Estado. “Es una
invitación a los gobiernos municipales, ya que debe impulsarse a través de
ellos, con el fin de proteger a nuestros animalitos; queremos que sea una norma
que marque la diferencia”, manifestó Lima.
El derecho a conocer las licencias de funcionamiento y
autorizaciones vigentes del establecimiento proveedor; a conocer las
certificaciones de habilitación u otros documentos que acrediten las
capacidades u ofertas de los servicios; a recibir el servicio por parte de
personal capacitado, son algunos de los derechos establecidos en el decreto.
El ámbito de aplicación del DS alcanza a: los servicios
médicos veterinarios, venta de alimentos, expendio de productos y accesorios,
servicios de peluquería y estética, servicios de tenencia temporal, servicios
de adiestramiento y/o enseñanza, y los servicios funerarios y de cremación.
En la primera de las disposiciones adicionales de la norma
se menciona: “Las usuarias y los usuarios y las consumidoras y los consumidores
con discapacidad tienen derecho a recibir la prestación de servicios o venta de
productos en cualquier establecimiento acompañados de sus animales domésticos
de asistencia”.
En tanto que, en la segunda: “Las usuarias y los usuarios y
las consumidoras y los consumidores tienen derecho a conocer de manera
anticipada a la adquisición de productos o consumo de servicios, si los
establecimientos a cargo de los proveedores admiten o no animales domésticos,
en resguardo de su derecho a la información y libre elección, debiendo el
establecimiento exhibir la mencionada información de forma pública y visible”.
“Desde este decreto, todos los restaurantes, todos los
lugares donde hay un servicio, van a tener que acoger a los perritos que tienen
que acompañar por un tema de salud a su dueño; no va a haber restricciones”,
señaló Lima al respecto.
El Deber
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