Resguardando la seguridad de los niños y adolescentes, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba, emite la “Autorización de viajes de menores de edad a Nivel Nacional” tanto en sus oficinas (2º Piso, Mercado Lourdes), como en la Oficina de Administración de la Terminal de buses.
En cumplimiento a la Ley 548 Código del Niño, Niña y Adolescente, el Municipio debe realizar trabajos preventivos no solo en la Terminal de Buses, parada de Sindicatos de Transporte Departamental, Aeropuerto y tranca de Campo Pajoso, sino que también coordinan diversas acciones con personeros de la Aduana y Migraciones tanto de Bolivia como de Argentina.
Las autorizaciones se emiten de lunes a domingo, de 17:00 a 21:00 horas, en la Terminal de Buses, debiendo presentar los padres o tutores documentos originales más una fotocopia de: partida de nacimiento o carnet de identidad del menor, cédula de identidad de los padres o tutor legal. Cuando, el menor viaje acompañado solo por uno de sus padres, el otro debe entregar la autorización expresa.
En caso, que los menores de edad viajen con ambos padres, los mismos deben contar solo con sus documentos de identidad y certificado de nacimiento o carnet de identidad del niño, niña o adolescente, no siendo necesaria la autorización.
El Dato: En caso de Viajes Internacionales, el permiso se debe recabar en el Juzgado de la Niñez y Adolescencia.
En cumplimiento a la Ley 548 Código del Niño, Niña y Adolescente, el Municipio debe realizar trabajos preventivos no solo en la Terminal de Buses, parada de Sindicatos de Transporte Departamental, Aeropuerto y tranca de Campo Pajoso, sino que también coordinan diversas acciones con personeros de la Aduana y Migraciones tanto de Bolivia como de Argentina.
Las autorizaciones se emiten de lunes a domingo, de 17:00 a 21:00 horas, en la Terminal de Buses, debiendo presentar los padres o tutores documentos originales más una fotocopia de: partida de nacimiento o carnet de identidad del menor, cédula de identidad de los padres o tutor legal. Cuando, el menor viaje acompañado solo por uno de sus padres, el otro debe entregar la autorización expresa.
En caso, que los menores de edad viajen con ambos padres, los mismos deben contar solo con sus documentos de identidad y certificado de nacimiento o carnet de identidad del niño, niña o adolescente, no siendo necesaria la autorización.
El Dato: En caso de Viajes Internacionales, el permiso se debe recabar en el Juzgado de la Niñez y Adolescencia.
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